Sujetos Obligados ante el SEPBLAC: ¿Está tu empresa en riesgo de sanción?
La realidad en España es que miles de empresas operan cada día sin saber que son sujetos obligados ante el SEPBLAC según la Ley 10/2010, o subestiman las consecuencias de no tener un modelo de compliance adecuado.
Si no cuentas con un manual de prevención o no has realizado los informes de due diligence adecuados para cada operación, tu empresa está asumiendo un riesgo crítico.
¿Qué significa ser un “sujeto obligado”?
Un sujeto obligado es cualquier persona física o jurídica que, por la naturaleza de su actividad comercial, está obligada por ley a aplicar medidas de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (PCB / FT)
Un error muy común es pensar que esta responsabilidad solo recae en los bancos. En cambio, la normativa pone foco en aquellos sectores donde fluye el capital. Si tu empresa pertenece a alguno de los siguientes grupos eres un sujeto obligado:
Sector inmobiliario: promotores, agencias inmobiliarias (APIs) y asesores que participan en la compraventa de bienes inmuebles o arrendamientos, cuando la renta supere los 10k mensuales.
Sector financiero y fintech: entidades de crédito, empresas de servicio de inversión, plataformas de financiación participativa y prestamistas privados.
Sector seguros: corredores de seguros y entidades aseguradoras autorizadas para operar en el ramo de vida.
Servicios profesionales: abogados, asesores fiscales, contables, auditores y notarios.
Otros sectores: comercio de joyas, arte, metales preciosos y fundaciones.
El elevado coste de ignorar la normativa
El desconocimiento de la ley no es excusa ante el SEPBLAC. Las inspecciones son cada vez más frecuentes y exhaustivas, y las sanciones devastadoras.
Se consideran infracciones graves o muy graves, no contar con un Órgano de Control Interno, operar sin un representante nombrado o no realizar el examen anual de experto externo.
Las sanciones administrativas parten de un mínimo de 60.000 euros, pero pueden aumentar ha cifras millonarias o incluso un porcentaje de la facturación anual de la empresa.
Es importante conocer que las multas no solamente recaen sobre la empresa**. Los administradores y directivos suelen ser sancionados a nivel personal,** y en casos, inhabilitados para ejercer su cargo administrativo.
Frente a tus inversores, bancos y clientes, la publicación de sanciones o la vinculación de la empresa con operaciones ilícitas genera daños irreversibles en tu reputación.
Pedir documentación excesiva a tus clientes puede enfriar una venta, un acuerdo de inversión o retrasar la concesión de una financiación. Por eso en VORNET entendemos que cumplir con la normativa no significa inundar tu mesa de papeleo, sino delegar en expertos.
Con VORNET solicitaras a tus clientes solo la información necesaria, validaras a tus clientes en tiempo récord y blindarás a tu empresa de cualquier inspección.

